Matriz de Combustibles Verdes • Cortes Obligatorios
Ley de Biocombustibles: Cortes Obligatorios de Biodiésel y Bioetanol en Argentina
El régimen legal de biocombustibles en Argentina establece la obligatoriedad de mezclar combustibles fósiles (gasoil y naftas) con porcentajes mínimos de biodiésel de soja y bioetanol vegetal.
- Corte obligatorio de biodiésel en gasoil: Fijado por ley en porcentajes variables (habitualmente del 7,5% al 12%) abastecido por pymes y plantas integradas del complejo sojero.
- Corte obligatorio de bioetanol en naftas (12%): Repartido en partes iguales (6% y 6%) entre el bioetanol de caña de azúcar del NOA y el bioetanol de maíz de Córdoba y Santa Fe.
- Precios regulados por la Secretaría de Energía: La autoridad energética nacional fija mensualmente el precio del litro de biocombustible que las petroleras deben pagar a las destilerías.
- Ahorro de divisas en importación de combustibles: Sustituye anualmente miles de millones de dólares en importación de gasoil y naftas terminadas de refinerías del exterior.
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