Tributo Bancario • Ley 25.413
Impuesto al Cheque (Débitos y Créditos): Alícuota del 0,6%, Exenciones y Cómputo
El Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias (Impuesto al Cheque) grava los movimientos de fondos en cuentas corrientes y cajas de ahorro comerciales de Argentina.
Aspectos y características esenciales:
- Alícuota general del 0,6% por movimiento: Se descuenta automáticamente un 0,6% al acreditar fondos y otro 0,6% al debitarlos (1,2% total por giro bancario completo).
- Cómputo a cuenta de Ganancias para PyMEs: Las micro y pequeñas empresas con Certificado MiPyME pueden computar hasta el 100% del impuesto abonado como pago a cuenta de Ganancias.
- Exención para cuentas sueldo y cajas de ahorro de particulares: Las cuentas donde se acreditan sueldos, jubilaciones o prestaciones sociales están totalmente exentas del gravamen.
- Recaudación automática y directa: Los bancos actúan como agentes de percepción instantánea derivando los fondos diariamente al Tesoro Nacional.
Para ver las cuentas bancarias consulte las Transferencias Bancarias, el cheque digital en Cheque Electrónico ECHEQ, y las PyMEs en Factura de Crédito.