pues el hecho de que se relacione en alguna medida con el status previsional, no permite considerarla ajena al dispositivo común, debiendo computarse el plazo desde el momento de la extinción del vínculo, que es cuando se torna exigible la obligación." Cámara Nacional de Apelaciones del
https://www.cronista.com/impresageneral/Diferencias-entre-Certificados-de-Trabajo-y-la-Certificacion-de-remuneraciones-y-servicios-20091109-0005.html - 111.0kb